Misiones
Creado en el año 2000, el Consejo de Orientación de la Jubilación (COR) es una instancia independiente y pluralista de conocimiento y de discusión, encargada de analizar y de seguir las perspectivas a medio y largo plazo del sistema de pensiones francés.
Respecto al conjunto de las cuestiones relativas a la jubilación y a las pensiones (equilibrio económico, importe de las pensiones, edad y duración del periodo de cotización, redistribución, etc.), el COR elabora los elementos de un diagnóstico compartido, y formula, si procede, propuestas para guiar la elección en materia de política de la jubilación.
La ley asigna al Consejo varias misiones :
- describir la evolución y las perspectivas a medio y largo plazo de los regímenes de pensiones obligatorios, en base a las evoluciones económicas, sociales y demográficas, elaborando, al menos cada cinco años, proyecciones de su situación financiera ;
- valorar las condiciones que permitan asegurar la viabilidad financiera de estos regímenes ;
- llevar a cabo una reflexión sobre la financiación de los regímenes de pensiones, mencionados anteriormente y seguir su evolución ;
- Informar sobre el sistema de pensiones y los efectos de las reformas dirigidas para garantizar su financiación ;
- seguir el conjunto de los indicadores relativos a la situación de los jubilados, en particular su nivel de vida, las tasas de substitución, las diferencias y desigualdades entre las pensiones de las mujeres y las de los hombres.
El Consejo formula sus análisis y sus recomendaciones en informes que se entregan al Primer Ministro, se comunican al Parlamento y se hacen públicos. A partir del 2014, el Consejo produce cada año, antes del 15 de junio, un documento público sobre el sistema de pensiones, basado en particular en indicadores de seguimiento que permiten apreciar la evolución del sistema respecto a los objetivos que le ha asignado la ley.
El Consejo organiza, anualmente, un coloquio abierto a todos y también pone a disposición documentos pedagógicos accesibles a un amplio público.
Funcionamiento
El Consejo de orientación de las jubilaciones (COR) lleva a cabo sus trabajos conforme a un programa de trabajo anual, fijado por sus miembros.
El Consejo se reúne en sesión plenaria cada mes, sobre un expediente temático. Cada reunión plenaria se prepara la semana anterior en un grupo de trabajo en el que participan, además de los miembros del Consejo o sus representantes, las administraciones afectadas, la red de oficinas de gestión de los sistemas de pensiones y expertos. El Consejo también puede llegar a tener que trabajar con la red del Comisariado general para la estrategia y la previsión.
Los expedientes temáticos mensuales, examinados en sesión por los miembros, así como todas las demás publicaciones del Consejo (informes, fichas informativas y para debatir, actas de coloquio, etc.), están a disposición del público.
El Consejo se apoya en una secretaría general que consta de ocho personas y esta bajo la autoridad del presidente del Consejo. La secretaría aporta al Consejo, una función de organización, de conocimiento y de síntesis, preparando en particular los expedientes temáticos mensuales. Para ello, elabora documentos de análisis y de síntesis, y encarga a las administraciones y organismos de estudio los trabajos que permiten alimentar las reflexiones del Consejo. Prepara los proyectos futuros, bajo la autoridad del Consejo, para su adopción.
Composición
Formado por parlamentarios, representantes de organizaciones profesionales y sindicales, jubilados y familias, miembros de la administración y expertos, el Consejo de orientación de las jubilaciones (COR) está vinculado con el Primer Ministro.
Presidido por Gilbert Cette, cuenta con 41 miembros.
Textos de referencia
Creado por un decreto del 10 de mayo del 2000, el protagonismo y alcance del Consejo de Orientación de las Jubilaciones (COR) fueron consagrados por las leyes del 21 de agosto de 2003 y del 9 de noviembre de 2010. El decreto del 28 de mayo de 2004 fija su composición y su organización. La ley del 20 de enero de 2014 otorga al Consejo un papel de mayor relevancia, en el nuevo procedimiento de seguimiento del sistema de pensiones e instituye, con el tiempo, una paridad de representación entre mujeres y hombres en su seno.